- marzo 18, 2020
- Posted by: cud-admin
- Categoría: Noticias
El secretario de Desarrollo Económico y Comercio, Manuel Laboy, envió este martes una carta circular al sector industrial, comercial y empresarial detallando las exenciones de la Orden Ejecutiva para el sector privado.
El documento establece que las actividades exentas continuarán su operación bajo el horario regular, incluyendo aquellas que operan 24/7.
Aquellas operaciones relacionadas a la salud, alimentos, combustibles, infraestructura de utilidades esenciales, seguridad/seguridad nacional, instituciones financieras y bancarias, y los bienes y servicios y cadenas de suministros relaciones a estos, estarán exentas de la Orden Ejecutiva con respecto al cierre.
Con el fin de ayudar al sector privado a identificar las situaciones donde las exenciones de la Orden Ejecutiva son aplicables:
Salud
- Farmacéuticas
- Dispositivos médicos (manufactura y venta)
- Biotecnología y facilidades de biotecnología agrícola
- Manufactura de suministros para los hospitales
- Hospitales
- Laboratorios clínicos
- Salas de emergencia
- Clínicas de servicios médicos
- Farmacias
- Dispensarios de cannabis medicinal
- Facilidades de cultivo y procesamiento de cannabis medicinal
- Centros de salud
- Bancos de sangre
- Clínicas veterinarias (solo para venta de alimentos y emergencias)
- PBM o manejadores de farmacias
- Industria de seguros de salud para servicio directo al paciente y a oficinas médicas, farmacias (NO se permitirá el mercadeo y las ventas de los mismos)
- Servicios funerarios
Alimentos
- Distribución de alimentos
- Ventas de alimentos al por mayor
- Ventas de alimentos al detal
- Ventas de alimentos preparados (servi carro, “carry out” y entrega)
- Fincas hidropónicas
- Actividad agrícola, incluyendo alimentos y medicamentos para animales
Combustibles (procesamiento, venta y distribución)
- Refinado: gasolina, diesel, “jet fuel”, “AV Gas”, gas propano, gas butano, gas natural, kerosen, entre otros
- Mezclado (“intermediate fuels”, “blended”)
- Producción, distribución, venta al por mayor, venta al detal (gasolineras)
Infraestructura Critica
- Reparación, mantenimiento y rehabilitación de AEE, AAA, telecomunicaciones, sistemas vial, desperdicios sólidos y biomédicos, puertos, aeropuertos.
Seguridad/Seguridad Nacional
- Aeroespacial
- Productos y servicios esenciales para el Departamento de la Defensa Federal (DoD); (excluyendo la manufactura de textiles)
- Agencias de guardia de seguridad privado
- Asistencia en la carretera, podrá transitar cuando se solicite por subscriptor o agente del orden público.
Bienes y Servicios
- Cuido de envejecientes
- Centro de llamadas (“call centers”) para servicios directos de salud y otras industrias exentas
- Compañías de seguridad pública, privada, estatal y federal
- Servicio de circuito cerrado y alarmas
- Prensa, incluyendo sus “call centers”, camiones de distribución y porteadores de prena en residencias y negocios
- Agencias de viajes operando de manera remoto por medio de llamada (“call center”)
- Servicios de reciclaje
- Servicios de mantenimiento y limpieza de lugares exentos y residencias y condominios.
- Recogido de basura (privado o público)
- Servicios bancarios, cooperativas de crédito de ahorro para realizar transacciones personales o comerciales de las permitida das por la OCIF durante este periodo e emergencia (depósitos, retiros y pagos)
- Servicio de entrega de paquetes
Cadena de suministros
- Empresas que provean bienes o servicios a los sectores exentos del cierre, limitando sus operaciones a suplir dichos suministros
- Suplido de artículos para los sectores exentos del cierre
- Logística y transporte: los corredores de aduana, el servicio de consolidación de carga marítima o terrestre, servicio de almacenaje y distribución a terceros de conformidad con las regulaciones que establezcan el Departamento de Hacienda y la Autoridad de Puertos y la distribución de detergentes, desinfectantes y productos de higiene.