- junio 12, 2020
- Posted by: cud-admin
- Categoría: Noticias
La nueva Orden Ejecutiva entrará en vigor el 16 de junio.
La gobernadora Wanda Vázquez Garced anunció el jueves la Orden Ejecutiva 2020-044, que deja sin efecto el cierre de negocios (“lockdown”) y establece que el horario permitido para salir de las residencias será de 5:00 de la mañana a 10:00 de la noche.
Esta nueva Orden Ejecutiva tendrá efecto por 14 días, desde el 16 de junio hasta el 30 de junio de 2020.
“Si olvidamos esas lecciones aprendidas y si hay un pico en los casos en hospitalización, en intensivo o en el uso de los ventiladores o en el peor de los casos, en las muertes relacionadas al COVID, no tendré otra opción o remedio que retomar los Toques de Queda”, dijo la gobernadora en conferencia de prensa.
Estas son las disposiciones de la nueva Orden Ejecutiva:
- Toque de queda de 10pm-5am
- Comercios abrirán domingo
- Spa (tratamiento individual)
- Cines
- Gimnasios
- Atracciones turísticas
- Hoteles
- Puerto Rico estará abierto para el turismo: 15 de julio
- Restaurantes y otros comercios podrán aumentar a 50% capacidad
- Playas y balnearios
- Licencias del DTOP tiene moratoria hasta agosto
- Otros sectores: publicidad, abogados, industria fílmica, terapias y museos
- Centros de cuido a partir del 1 de julio (Aun no hay fecha para reinicio de clases)
- Servicios presenciales en iglesias
- Eventos Drive-in (servicarro)
El “lockdown” sólo permitía salir a los ciudadanos en casos de emergencia y en algunas circunstancias particulares. Ahora, todos los negocios autorizados a operar en las órdenes ejecutivas anteriores podrán operar de lunes a domingo dentro del horario permitido durante el toque de queda, tomando las medidas cautelares de protección, como el uso de mascarillas y el distanciamiento social. No se permite el aglomeramiento de personas.
"Es hora de dar otro paso crítico para abrir a Puerto Rico a una tercera fase. Pero, no podemos bajar la guardia", dijo la gobernadora, quien pidió a la población ser "juiciosa".
Los espacios al aire libre podrán abrir, siempre y cuando cumplan con las medidas de distanciamiento social, la autorización del Departamento de Salud y las guías del CDC y PR-OSHA para COVID-19.
En las actividades recreativas y deportivas al aire libre, se permitirá, durante los horarios permitidos, reanudar parcialmente, el entrenamiento deportivo y recreativo de manera individual. Se permitirá el uso limitado de las playas, reservas, campos de golf, parques, canchas y gimnasios, sujeto a las directrices y restricciones dispuestas por el gobierno de Puerto Rico, la secretaria del Departamento de Recreación y Deportes, o el municipio en el que radique la facilidad. Además, se autoriza la apertura de playas y balnearios para bañistas, mas no se permite la socialización ni agrupamiento de personas sin las medidas cautelares y el distanciamiento social.
Asimismo, los gimnasios podrán operar durante los horarios permitidos en el toque de queda, cumpliendo con las recomendaciones del CDC, el Departamento de Salud y las normas COVID-19 de PR-OSHA, incluyendo el parámetro de separación de seis pies de distancia, el uso obligatorio de mascarilla, el lavado frecuente de manos y los protocolos que hayan establecido para COVID-19. No deberán exceder la ocupación máxima equivalente al 50% de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico.
En lo que se refiere a los centros comerciales, tanto los de formato abierto como los de formato cerrado, podrán operar de lunes a domingo durante los horarios permitidos en el toque de queda. La ocupación de los centros de formato cerrado se cambió a razón de una persona por cada 75 pies cuadrados de área.